Renunciar a la herencia de alguien que no ha fallecido

La primera pregunta es ¿Podemos renunciar a la herencia de alguien que no ha fallecido?

La respuesta es por tanto NO.

Nadie puede renunciar a la herencia de alguien que no ha fallecido, y así lo dispone el art 991 del Código Civil:

«Nadie podrá aceptar ni repudiar sin estar cierto de la muerte de la persona a quien haya de heredar y de su derecho a la herencia”

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